viernes, 24 de julio de 2015

Ley de Licenciados en Relaciones Industriales y de Recursos Humanos: Titulo VII y Título VIII

Desde el punto de vista académico no podemos desvincular las variables que durante los últimos años impactaron las Relaciones Industriales y los procesos de Recursos Humanos en la sociedad. Sin duda, estos cambios afectan los diferentes enfoques definidos en los contenidos programáticos (Pensa) de las instituciones que se dedican a la formación del profesional del área y que permiten esbozar su perfil ideal y su rol en la sociedad. A continuación  analizaremos el titulo VII y el título VIII comenzando por el capítulo II art. 27, art. 28, art. 29 y art. 30 que nos habla de la Asamblea General de Delegados de la Federación que celebrará una reunión ordinaria en el primer trimestre de cada año, previa convocatoria hecha por el Directorio con por lo menos treinta días de anticipación, la Asamblea podrá hacer sesiones cuando así lo decida el Directorio, Los Colegios de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos designarán como representantes ante la Asamblea de la Federación, cinco  delegados principales con sus respectivos suplentes, elegidos por votación secreta de acuerdo con el reglamento electoral y esta se considerara ya valida cuando estén presentes más de la mitad del número total de sus miembros representantes por estados.

  También hacemos referencia al capítulo III art. 31, art. 32, art. 33 y art. 34 que nos habla del Directorio que es el órgano ejecutivo de la Federación Venezolana de Colegios de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos, y estará integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo, un  Tesorero, un  Secretario de Defensa Gremial, un  Secretario de Actualización Profesional y tres vocales. La elección del Directorio se efectuará cada dos (2) años por votación directa y secreta de los miembros de la Asamblea y de la Federación, de acuerdo al Reglamento Electoral, además el directorio de la federación tiene como atribuciones  cumplir y hacer cumplir los fines de la Federación, así como los acuerdos y resoluciones de la Asamblea,  Preparar el presupuesto de gastos de la Federación y determinar las medidas adecuadas para ejecutarlo, elaborar y presentar a la Asamblea el Reglamento de Remuneración Mínima, para su respectiva aprobación, presentar cuenta anual de su gestión a la Asamblea entre otros. En el capítulo IV art. 35 y art. 36 se aborda el tema del Tribunal Disciplinario de la Federación Venezolana de Colegios de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos estará integrado de la misma manera y con dos vocales los cuales permanecerán por dos años en el ejercicio de sus funciones, las cuales son: Dictar su Reglamento Interno,  Conocer de las decisiones de los tribunales disciplinarios de los colegios federados, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de esta Ley y Decidir sobre cualquier otro asunto que someta a su juicio el Directorio, en cumplimiento de sus atribuciones. 

   Además haremos mención al título VIII comenzando por el art. 38 hasta el art. 47 que trata de los colegios y sus órganos; De acuerdo con esta Ley y su Reglamento, en el Área Metropolitana y en cada uno de los estados de la República, existirá un Colegio de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos, estos colegios de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos son corporaciones profesionales con personería jurídica y patrimonio propio, encargado de velar por el cumplimiento de las normas y principios de ética profesional de sus miembros y defender los altos intereses de las profesiones. Tienen, además, la obligación de procurar que sus asociados se guarden entre sí el debido respeto y consideración, observen conducta intachable en todos los actos públicos y privados, y contribuyan a enaltecer la profesión de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos. Sin embargo en las entidades federales donde no existan colegios, por cuanto el número de profesionales es inferior al establecido en el artículo 38 de esta Ley, éstos deberán tramitar su inscripción por ante el Colegio o seccional más cercana a su domicilio. La motivación de estos colegios es velar por los derechos e intereses profesionales de sus miembros,  mantener y defender, a través del constante perfeccionamiento profesional y la firme actitud gremial de sus miembros, la ética, los principios y la dignidad en el ejercicio de la profesión de Licenciado en Relaciones Industriales y Recursos Humanos, estudiar exhaustivamente los problemas vinculados directa o indirectamente con la actividad nacional del Colegio Entre otros.  No podemos hacer a un lado el Parágrafo Único que no es más que las atribuciones de los miembros de cada uno de los órganos del Colegio de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos serán establecidas en los reglamentos internos que se dicten al efecto.  Este estará compuesto de la manera ya mencionada y el Tribunal Disciplinario del Colegio será electo en la misma forma y oportunidad cuando se elija la Junta Directiva. 

Para finalizar comenzaremos por decir que, dejando de lado los intereses de algunos particulares, la intención de aprobar este instrumento es positiva. Todos los actores involucrados deben poner de su parte y participar en el proceso de discusión, dejando de lado las disputas y abriendo un espacio al diálogo. No debemos olvidar la necesidad de elaborar estudios a profundidad que nos permitan conocer perfectamente el perfil del Licenciado en Relaciones Industriales y Recursos Humanos, así como sobre el papel que desempeña en la sociedad.

Ensayo Realizado Por Emily Torrealba

2 comentarios:

  1. Muy bueno tu punto emily ya que estos artículos de dicha ley son de gran importancia para todos nosotros como los futuros Licenciados en Relaciones Industriales que seremos, ya que nos ilustran sobre como debemos actuar y tener una figura recta ante un entorno laboral tan cambiante donde pronto estaremos desempeñándonos; y por lo tanto debemos tener conocimiento de todos estos artículos ya que serán el pan nuestro de día a día.

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  2. excelente aporte josmaira y muy importante el punto emily ya que conocemos la evolución y variables que impactaron en los últimos años lo que es los recursos humanos, desde aquí apreciamos las leyes que debemos mantener presente a la hora de desempeñarnos como profesionales.

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